Participante del Culto perpetuo
le consagro el día del mes de y el día de cada mes.
Haré con diligencia las prácticas anteriormente expresadas.
SUMARIO DE INDULGENCIAS
PARA EL CULTO PERPETUO.
Por un rescripto de 20 de enero de 1856 se dignó S. S. aprobar las prácticas de dicho ejercicio, y conceder las siguientes indulgencias a los asociados al Culto perpetuo.
Indulgencia plenaria en el día en que se inscriban, otra en el día que hayan escogido para este ejercicio, y otra para el artículo de la muerte.
Indulgencia plenaria en el día 19 de marzo, en la fiesta del Patrocinio de San José, en la de los Desposorios de la Virgen y en las de la Purificación, Anunciación, Asunción, Natividad e Inmaculada Concepción de María Santísima.
Indulgencia de siete años y siete cuarentenas cada día que practicaren alguna de las obras prescritas anteriormente.
Todas estas indulgencias son perpetuas, y aplicables a los difuntos.
Por el breve de 5 de julio de 1861 que antecede, Su Santidad ha nuevamente aprobado para todos los fieles del mundo católico la piadosa práctica del Culto perpetuo en honor de San José, confirmando las indulgencias precedentes y concediendo otra plenaria que puedan ganar los asociados cada mes en el día que elijan.
Por decreto de 18 de setiembre de 1861, ha acordado el beneficio de altar privilegiado para todas las misas que se celebren en sufragio de los asociados al Culto perpetuo de San José, muertos en la paz de Dios, sea cual fuere el altar en que sean celebradas.
como conseguir calendarios y estampas de san josé.y tambien un libro oh librito de oraciones.
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